Informe de la Cámara de Diputado: Encabezada por el diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), la Comisión de Legislación y Codificación, en reunión ordinaria, emitió un dictamen de aprobación para la versión Senado del proyecto “Que modifica el artículo 172 de la Ley N° 1.160/1997 – Código Penal”.
Esta iniciativa es conocida como “Ley de las bolsoneras/os”, y pretende que estas personas sean sancionadas con un castigo mayor.
Es importante destacar que el Código Penal, en su artículo 172, define los hechos bagatelarios como aquellos casos de apropiación o hurto donde el valor de lo robado sea menor de 10 jornales, lo que equivale a G. 843.400.
“Actualmente el Código Penal establece que solo si es superior a 10 jornales, es perseguible de oficio; y si es menos que eso, solamente a instancia de partes. Esto reduce ese tope, lo baja a cinco jornales, a sabiendas de que en la realidad se dan muchos robos menores y por el margen existente, no se pueden perseguir”, explicó el presidente.
Por otra parte, hubo visto bueno de comisión para el proyecto “Que deroga varios artículos de la Ley N° 4.033/2010 – Del arancel consular”, que apunta a simplificar y remover trabas en el comercio internacional, a fin de fomentar el clima de negocios y que ello repercuta positivamente en el país como un destino atractivo para las inversiones.
La exposición de motivos señala que Paraguay es un país en vías de desarrollo, sin litoral marítimo, lo que genera sobrecostos relativos a la situación demográfica, ante lo cual resulta imperioso adoptar medidas relativas al contexto social y geográfico.
Según indicaron, los artículos pueden ser agrupados en dos categorías: actos y documentos gravados; y lo referente a trámites e instancias de control, fiscalización de visados y legalización.
En la sección “actos y gravados”, se enuncian actuaciones consulares como navegación; aeronavegación; transporte ferroviario; transporte terrestre; comercio; estado civil de las personas; pasaporte y otros documentos de identidad; actuaciones notariales; misceláneas; derechos arancelarios; y actos jurídicos.
Ávalos Mariño recordó que el documento ya tiene media sanción.
En otro momento, los legisladores dieron dictamen de rechazo al proyecto de ley “Que modifica el artículo 3° de la Ley N° 4.083 – Que crea el programa de acompañamiento y protección a testigos y víctimas en procesos penales”.
Así mismo, se rechazó el proyecto “Que modifica el artículo 67 de la Ley Nº 1.160/97 “Código Penal Paraguayo”, cuya intención es incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la figura de la delación premiada.
“En ambos documentos encontramos una redacción insuficiente. No encara lo que es la delación premiada. En su modificación, el que se declara culpable es una especie de procedimiento abreviado y no tiene nada que ver con la delación premiada”, fundamentó el titular del bloque.