LA GRAN DECEPCIÓN DEL 2023 – Dr. Emiliano Rolón Fiscal General del Estado

Gestion del Fiscal General del Estado - Emiliano Rolon, Ministerio Público

La asignación del Fiscal General del Estado Emiliano Rolón, fue caracterizado por una gran expectativa y apoyo tanto del Congreso, del Poder Ejecutivo como así también de la Ciudadanía.

Pero sin embargo se ha convertido en la Gran decepción del Año 2023, ya que al asumir el cargo no ha cumplido con sus promesas y el Ministerio Público sigue exactamente con las mismas falencias contribuyendo a la impunidad de actos de corrupción entre otros hechos punibles.

PRINCIPALES PROMESAS

Entre tantas promesas que se ha propuesto el F.G.E. Emiliano Rolón, destacamos los siguientes;

a)- Ordenar la Casa (Ministerio Público).

b)- Control de Casos Emblemáticos.

c)- Aplicación de la Ley sin Distinciones.

SU INFORME DE LOS PRIMEROS 100 DIAS
DE GOBIERNO ANTE EL M.P.

El Dr. Emiliano Rolón había solicitado «Paciencia» a la Sociedad y a los Medios de Comunicación para que pudiera tener un plazo razonable a fin de cumplir sus promesas, a tal efecto ha reiterado una y otra vez a esperar los primeros 100 días de gobierno.

Al momento de haberse cumplido los 100 días de su administración, ha dado su informe de gestión en la que solamente se ha caracterizado sobre los cambios y reasignaciones de Fiscales Ordinarios y Adjuntos a nivel país, que supuestamente han desempolvado muchos casos por riesgos de prescripción (sin mencionar mayores detalles) conformando equipos de trabajo a tal efecto, finalmente resalta en su informe la frase «PODEMOS HOY AFIRMAR QUE ESTAMOS LISTOS PARA EMPEZAR NUESTRA FUNCIÓN», seguidamente vuelve a realizar nuevas propuestas de ampliación del Ministerio Público y la necesidad de contar con más recursos tanto de funcionarios, sedes propios y recursos financieros.

Por lo tanto su informe de los primeros 100 días de Gobierno ha sido «EVASIVO», «NO HA DADO RESULTADO CONCRETO A UNA PROBLEMATICA ESPECIFICA», «EN VEZ DE DAR RESULTADOS VUELVE A INDICAR NUEVAS PROPUESTAS Y NECESIDADES».

De modo que en su informe tan solo se ha fijado nuevamente otras necesidades sin que hubiera resuelto o demostrado avance a ninguna de las promesas que había prometido en su momento, en cuanto a los cambios y reasignaciones de fiscales, estos son actos administrativos de rigor y las propuestas de necesidades ya lo tendría que haber fijado todos de una vez en sus primeros días e incluso previo a su toma de posesión ya que previo a ello ya estaba al tanto del estado de la Administración del Ministerio Público durante las tantas visitas e informes recabados aun cuando Sandra Quiñonez seguía en el Cargo, en este sentido los 100 primeros días no ha servido de nada y no ha demostrado cumplimiento a sus promesas o avance, ni mejora alguno en las gestiones administrativas del Ministerio Público.

PROMESAS INCUMPLIDAS HASTA LA ACTUALIDAD 12/2023

Como ya se ha mencionado en párrafos anteriores destacamos las siguientes promesas que hasta hoy día no se ha cumplido son;

a)- Ordenar la Casa (Ministerio Público), b)- Control de Casos Emblemáticos, c)- Aplicación de la Ley sin Distinciones.

a)- Ordenar la Casa (Ministerio Público):

La Institución hasta hoy día se encuentra en total desidia, abandono, mala atención y servicio, la mera reasignación de Fiscales Ordinario y Adjuntos no ha servido de nada, sino más bien solo se han cambiado las caras pero no el pensamiento o mucho menos el Servicio.

Datos de Denuncias Ministerio Publico

Las denuncias que recibe el Ministerio Público en su gran mayoría son encajonados sin ningún tipo de avance en las investigaciones, los fiscales y sus asistentes solo reciben los casos por mero formalismo pero sin ningún interés esclarecer los hechos, esto hace que las denuncias queden impunes y en consecuencia genera aún más aumento de la criminalidad.

Lo dicho se sustenta en el último informe otorgado por el Ministerio Público en la que se demuestra un alto índice de denuncias recibidas en el Año 2023, siendo un total de «…245.421 causas hasta el cierre de noviembre de 2023, es decir aproximadamente 735 denuncias por día y 22.311 por mes, a nivel país. Se proyecta al cierre de diciembre 2023 cerca de 260.000 mil causas, según la proyección realizada…».

Del Informe se destacan que, «…El hecho punible más denunciado hasta noviembre de 2023 es la Violencia Familiar con 12,8%, Hurto Agravado con el 12,5% de las causas abiertas, seguido por el Hurto con 11,2%. Por otra parte, 5.3% de las causas iniciadas este año corresponden al Robo Agravado y 4,6%, a la Estafa. Le siguen Amenaza con 3,8%, Exposición al Peligro en el tránsito terrestre 3,5%, Lesión 3,1% Daño 3,1% así también Incumplimiento del Deber Legal Alimentario (3,1%) y Apropiación (3,1%)…».

Estas cifras indican que los hechos punibles de Violencia Familiar y hurto han aumentado y lideran los casos denunciados, justamente estos hechos son los que sufren la total desidia de los Fiscales pues generalmente no las investigan, simplemente las reciben luego lo encajonan, las que avanzan son las que de alguna forma puedan quitarle algún Beneficio Indebido (coima) o solo los casos graves que son acompañados por Abogados que inclusos estos deben pasar por penurias e insistencias ante la total falta de interés de los Fiscales de investigar y la complicidad y falta de control del Fiscal Adjunto que más bien están interesados en llenarse los maletines, esta desidia y corrupción fomentan a que estos hechos punibles sigan en auge.

b)- Control de Casos Emblemáticos;

Los casos importantes y de gran repercusión mediática son variados y numerosos que fueron acumulándose a lo largo de la gestión de Sandra Quiñones y que tampoco han tenido resultados esperados ante el Nuevo F.G.E. Emiliano Rolón.

B.1)- SECUESTRO DEL EX-VICE PDTE. OSCAR DENIS

Entre ellos destacamos el Caso del Secuestro del Ex-Vicepresidente Oscar Denis que se encuentra totalmente olvidado sin que el Ministerio Público siquiera demuestre interés en su investigación, pese a los reiterados reclamos de los familiares, este caso es sumamente importante ya que se trata de un Secuestro y de un Ex-vicepresidente.

En ningún otro país se ha demostrado tanta inoperancia del Ministerio Público ante tamaña gravedad de hecho punible que afecto a un alto ex-funcionario público el cual debía seguir contando con todas las garantías del estado respecto a su seguridad, pese a ello el Ministerio Público vergonzosamente es incapaz o no quiere resolver el caso, en consecuencia sus familiares hasta hoy día reclaman incesantemente por justicia y la debida celeridad en la investigación.

B.2)- ATENTADO CONTRA EL FISCAL MARCELO PECCI

Otro hecho emblemático sin ningún avance en las investigaciones y para mayor desprestigio del Ministerio Público, se trata del Caso MARCELO PECCI, nada más y nada menos que un Fiscal de la Unidad Especializada Antidrogas, por lo tanto estamos hablando de un funcionario propio del Ministerio Público y del alta importancia.

En este sentido resulta sumamente humillante para la institución y el País que a pesar de los años trascurridos desde Mayo de 2022 hasta Diciembre de 2023, el propio Ministerio Público no haya demostrado resultados en las investigaciones, pese incluso a las varias declaraciones públicas y oficiales por parte del propio Congreso de la Nación, en la que instaban una mayor celeridad en el esclarecimiento de los hechos.

Los propios Senadores y Diputados coincidían en que no era necesario dichas declaraciones públicas sino que la propia Institución del M.P. debía haber sido el primer interesado en la celeridad de las investigaciones a fin de llegar al esclarecimiento del caso.

El Ministerio Público a través de sus diversos fiscales y autoridades desde un principio alegaron que no podían iniciar una investigación ya que supuestamente el hecho ocurrió en Colombia, pero resulta sumamente llamativo que no tengan en cuenta que se trata de un Fiscal que llevaba causas emblemáticas que envuelven al Tráfico de Drogas y que transcienden las fronteras.

Entre estas investigaciones se encuentran las más importantes como el del Operativo «A Ultranza Py» en la que se ha desarticulado una organización criminal internacional dedicada al Tráfico de Drogas y el lavado de Dinero en la que incluso se vieron involucrados varios Políticos activos del Py.

Otra investigación llevada por el Fiscal Pecci fue el «Atentado en San Bernardino (Ja´umina Fest )» hecho de sicariato en la que falleció la Influencer Cristina Vita Aranda y que el objetivo supuestamente fue un presunto narcotraficante con orden de captura en Brasil.

También le toco dirigir el Caso del Asesinato del empresario Mauricio Schwartzman supuestamente vinculado al Narcotráfico y en las investigaciones de «A Ultranza Py.”

La peculiaridad de los casos a cargo del Ex-fiscal Marcelo Pecci hacia que cualquier cosa que le pudiera ocurrir en el exterior de hecho tendría que ser también investigado a nivel nacional y solo después de una minuciosa investigación las autoridades del Ministerio Público debían dar las respectivas declaraciones en el sentido de descartar o no cualquier relación del Atentado sufrido en Colombia con los Casos que estaban a cargo del Fiscal Pecci.

Con esta clase de Institución ahora que garantía podrían tener los fiscales honestos que tratan de llevar sus trabajo conforme a la ley, ya que sus propios compañeros tienen la Desidia y el Desinterés en investigar asesinatos en contra de sus propios compañeros de trabajo, por lo tanto las supuestas lágrimas derramadas durante su velatorio y entierro fueron lágrimas de Cocodrilo.

c)- Aplicación de la Ley sin Distinciones;

Este ha sido otra de las promesas que el F.G.E. Emiliano Rolón hasta ahora no ha demostrado siquiera intención de cumplirla, pese ante los varios hechos de corrupción pública denunciadas tanto por la Contraloría y los Medios de Comunicación.

El Dr. Emiliano Rolón se ha mostrado sumiso y obediente al silencio, sus declaraciones son siempre evasivas, genéricas, siempre recitando frases dogmáticas, rutinarias y doctrinales del derecho que con ello logra zafarse de las preguntas de los medios de comunicación.

En este sentido todos los últimos escándalos de corrupción de hecho podrían haber sido objetos de investigación, así también otros casos emblemáticos que llevaban varios fiscales terminaron en absoluciones por causa de la negligencia en la labor investigativa, por lo tanto la promesa de aplicar la ley sin Distinciones no se ha cumplido ya que terminaron favoreciendo a varios personajes públicos en base a llamativas negligencias y omisiones.

Entre estos hechos de corrupción tenemos los siguientes casos:

C.1)- Ocupantes Vip de las tierras del M.D.N.

Este caso envuelve a Jueces, Políticos y Empresarios que ocuparon terrenos pertenecientes al Estado Paraguayo, si bien lo han adquirido de terceras personas resulta que al tratarse de personas Pudientes (adinerados) e incluso funcionarios Públicos «ESTABAN EN LA OBLIGACIÓN DE CONOCER EL ESTADO LEGAL DE ESAS TIERRAS», que evidentemente lo adquirieron sin ningún título de propiedad válido.

Por lo tanto independientemente que se trate o no de un hecho punible de Invasión de Propiedad, evidentemente aquí se constata la utilización y/o Producción de Documentos Públicos de Contenido Falso (Art. 250, 251 y 252 C.P.).

Todos los ocupantes coinciden en que tienen documentos que respaldan la adquisición de los terrenos por el INDERT, pero resulta que la Dirección de Registro Públicos ha indicado que no cuentan con títulos a nombre del INDERT de ninguna porción de tierra dentro de la Finca 916 del Chaco.

Por lo tanto aquí ya se encuentra un hecho punible de Acción Penal Pública fehacientemente demostrado y que recorría los medios de prensa a nivel nacional sin que el Ministerio Público abriera una investigación de oficio, más aún que entre los ocupantes se encuentran Jueces y Políticos.

Así también las negligencias de los propios funcionarios del Ministerio de la Defensa y del INDERT debieron ser objeto de investigación a fin de esclarecer los hechos y deslindar responsabilidades, ya que estas instituciones con sus silencio cómplice propiciaron la ocupación ilegal del predio, todo esto pudo haber sido objeto de investigación siempre bajo el inicio de las investigaciones en base al hecho punible de utilización y/o Producción de Documentos Públicos de Contenido Falso, el cual ya se ha confirmado conforme a las declaraciones de los propios Ocupantes y de los Funcionarios del Registro Público.

Por lo tanto el F.G.E. Emiliano Rolón miente al decir que fuera un caso complejo y que supuestamente necesitaban una denuncia o peor aún también había mencionado que la solución de este hecho le corresponde a los jueces del fuero civil, de modo que en este hecho el F.G.E. también ha demostrado una llamativa complacencia a favor de los Jueces y Políticos involucrados por lo que no ha cumplido su promesa de aplicar la Ley sin Distinción.

C.2)- Desidia en las Denuncias contra la Ex-F.G.E. Sandra Quiñonez;

1ra. Denuncia; El Propio Ministerio Público a través de la Fiscal Teresa Sosa ha solicitado la Desestimación de la Denuncia por Lesión de Confianza en contra de Sandra Quiñones.

Denuncia impulsada por el Abg. Rubén Ayala por el encubrimiento de cobro irregular de 2.000 millones realizado en el Ministerio de Industria y Comercio, según el denunciante la fiscal no ha realizado ninguna investigación.

2da. Denuncia; Denuncia impulsada por el Senado en Abril/2023, por el supuesto hecho punible de Prevaricato, Obstrucción en la investigación Penal entre otros que se encuentran en la Resolución N° 2.960 del Pleno de la Cámara de Senadores.

Los hechos se refieren a la inacción respecto a las anteriores denuncias que ha realizado la Cámara de Senadores, tanto en las conclusiones del informe final de la Comisión Bicameral de Investigación sobre lavado de dinero y delitos conexos, atribuido al señor Dario Messer y a sus asociados y así también el que eleva el informe de la Comisión de Investigación ante los organismos internacionales que combaten el lavado dinero y el crimen organizado y presenta formal denuncia ante la comunidad internacional y al Ministerio Público.

La Denuncia del Senado tampoco ha prosperado pese de haber sido impulsada por el propio congreso nacional quien por jerarquía e importancia institucional al menos merecía una respuesta oportuna y una investigación con la máxima celeridad y más aún que el propio nuevo F.G.E. Emiliano Rolón había sido designado con la esperanza que el Ministerio Público cumpliera su rol constitucional de la persecución penal, fuera quien fuera el denunciado.

3ra. Denuncia; Así también la denuncia impulsada por el Propio F.G.E. Emiliano Rolón que estaba a cargo de la Fiscal Marlene González, por la supuesta lesión de confianza por una póliza de seguro de Gs. 2.700 millones no ejecutada durante la gestión de Sandra Quiñonez.

Los hechos consistente en que el consorcio MyG incurrió en incumplimiento contractual por la inconclusa construcción de la Sede Fiscal Regional Caazapá, por lo que el M.P. debía cobrar el seguro y por negligencia el derecho de cobrar ha prescripto, por lo tanto el Estado ha perdido su derecho de indemnización por las obras inconclusas.

Pese a las contundencias de los hechos esta denuncia no ha demostrado resultados ni avance alguno desde Agosto/2023 hasta la fecha.

Por lo tanto no existe una celeridad debida en las investigaciones ni siquiera tratándose en contra de Sandra Quiñonez, de modo que resulta sumamente llamativo que el F.G.E. Emiliano Rolón solo se encargue de dar falsas esperanzas a la Ciudadanía, escudándose de promesas y más promesas que nunca cumple, en este aspecto tampoco ha cumplido su promesa de Aplicar la Ley sin Distinción.

C.3)- La Negligente investigación que derivo en la Absolución del Ex-F.G.E. Javier Díaz Verón;

El Juicio al Ex-F.G.E. Javier Diaz Veron culmino con una absolución en la que el tribunal ha indicado directa y expresamente que la fiscalía no investigo debidamente, que al igual que el Juicio en contra de Mario Ferreiro este también se trata de una persecución política entre otras cuestiones.

Si bien aquí puede darse una cuestión de interpreta-ciones, resultara sumamente importante que el Ministerio Público apele dicha decisión del tribunal, lo cierto es que este caso nuevamente deja en alta desconfianza la labor del Ministerio Público cuando se trata de investigar a determinadas personas públicas, ya sea políticos o ex alto funcionarios, por lo que no sabemos si estas llamativas negligencias se dieron intencionalmente con el objetivo justamente de favorecer al enjuiciado o si de verdad se ha tratado de una investigación deficiente.

Lo cierto es que las directivas, instrucciones y cambios de fiscales incentivados por el F.G.E. Emiliano Rolón no dieron sus frutos esperados, no han dado sus mejores esfuerzos para combatir la impunidad sino más bien han contribuido a seguir generándola.

Estos hechos son solo algunas de las tantas que se encuentran en las discusiones cotidianas en los medios de comunicación y la opinión pública.

¿FUE O NO HACERTADA LA DESIGNACION DE UN JUEZ
COMO FISCAL GENERAL DEL ESTADO?

Respecto al Ministerio Público según la Constitución Nacional Art. 266 menciona; «…DE LA COMPOSICIÓN Y DE LAS FUNCIONES. El Ministerio Público representa a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales del Estado, gozando de autonomía funcional y administrativa en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones. Lo ejercen el Fiscal General del Estado y los agentes fiscales, en la forma determinada por la ley…».

Como lo indica el citado artículo «…El Ministerio Público representa a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales del Estado…», esto significa que no es una autoridad con poderes discrecionales, sino que toda sus funciones deben obedecer a los mandatos que le impone la Constitución y las Leyes para velar los intereses de la Sociedad en General y no beneficiar a particulares en detrimento de sus obligaciones.

En este sentido una de los principales mandatos que le impone la Constitución es ejercer la Persecución Penal y Garantizar el Respeto de la Constitución y las Leyes, justamente en este aspecto es que el F.G.E. Emiliano Rolón ha cometido numerosas faltas en su gestión hasta el momento, puesto que no ha respetado o no ha dado señales de su intención de respetar el Art. 268 de la C.N. el cual indica;

Art. 268 DE LOS DEBERES Y DE LAS ATRIBUCIONES.

Son deberes y atribuciones del Ministerio Público:
1. velar por el respeto de los derechos y de las garantías constitucionales;
2. promover acción penal pública para defender el patrimonio público y social, el medio ambiente y otros intereses difusos, así como los derechos de los pueblos indígenas;
3. ejercer acción penal en los casos en que, para iniciarla o proseguirla, no fuese necesaria instancia de parte, sin perjuicio de que el juez o tribunal proceda de oficio, cuando lo determine la ley;
4. recabar información de los funcionarios públicos para el mejor cumplimiento de sus funciones, y
5. los demás deberes y atribuciones que fije la ley.

Conforme al inc. 2 del Art. 268 el F.G.E. Emiliano Rolón tenía la facultad y obligación de promover la Acción Penal Pública para defender el patrimonio público y social y para hacer esto según el inc. 3 ni siquiera necesitaba una denuncia sino que podría haberlo hecho de oficio, ya que en todos los casos se trataba de hechos punibles de Acción Penal Pública, así también el inc. 4 le otorgaba la potestad de recabar informaciones a los funcionarios públicos para el cumplimiento de sus funciones.

El Art. 268 C.N. va en consonancia con el Código Procesal Penal que en su Art. 14 y 15 específica que cuando se trata de hechos punibles de Acción Penal Publica corresponde al Ministerio Público su persecución de oficio, en su Art. 18 indica que el M.P. está obligado a investigar cuando tenga conocimiento del Hecho Punible y en el inc. 1 del Art. 286 impone a los funcionarios públicos la obligación de denunciar los hechos punibles de Acción Penal Pública.

Por lo tanto el F.G.E. ha faltado a la verdad al decir que necesitaba de una denuncia para iniciar investigación en el caso de la ocupación de tierra del Ministerio de Defensa, al igual que en el Caso del Fiscal Pecci, así también no ha garantizado la defensa de los intereses de la Sociedad ante los hechos de corrupción que han quedado impune como así también las investigaciones que siguen sin ningún avance de importancia.

Como si todo esto fuera poco se ha conseguido en tiempo record desde la Sala Constitucional de la C.S.J. una medida cautelar que le permite cobrar una Jubilación mensual (23 millones Gs.) junto con su salario como Fiscal General del Estado y que juntos rondaría más de 50 millones de Guaraníes, lo cual según las leyes vigentes es totalmente ilegal, Art. 143 Ley 1626/2000 “…Los funcionarios que se hayan acogido al régimen jubilatorio no podrán ser reincorporados a la administración pública…”, Art. 1 Ley N° 6834 “… 251 Los jubilados que vuelvan a ocupar un empleo o cargo público rentado, fuese nacional o municipal, deberán optar entre la jubilación y la remuneración en el cargo o empleo que acepten…”. Dichas reglamentaciones obedecen a que ningún funcionario puede percibir doble remuneración del estado, pero pese a ello y con la ayuda de sus amigos de la C.S.J. el F.G.E. si lo puede hacer.

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