IMPLEMENTAN EMPADRONAMIENTO DE HIPERTENSOS Y DIABETICOS


El MSPyBS implementa el empadronamiento de Personas conocidas con Hipertensión Arterial (HTA), con Diabetes Tipo 1 y Tipo 2, que permitiría facilitar el acceso a la atención médica e interdisciplinaria y al tratamiento farmacológico y no farmacológico.

Los Empadronamientos se llevaran a cabo en los Establecimientos de Salud que cuentan con HIS y SICIAP en Capital y Central, contempla la consulta, la prescripción médica para cuatro meses que permitirá al paciente retirar su medicamento regularmente cada mes sin necesidad de una consulta médica mensual.

Según el informe del Ministerio menciona que esta estrategia arranco en los siguientes hospitales:

Asunción

-Hospital General Barrio Obrero.

-Centro de Salud N° 9.

-Centro de Salud N° 10

Central 

-Centro de Especialidades Cardiovasculares y Enfermedades Crónicas de Ypané

-Hospital General de San Lorenzo.

-Hospital Distrital de Limpio.

Posteriormente se extenderá en los demás establecimientos que cuenten con el Sistema de Información en Salud (HIS) y el Sistema de Información y Control de Inventarios Automatizado del Paraguay (SICIAP).

¿Cómo se realiza el empadronamiento?

El empadronamiento se realizará a través de una consulta médica, el profesional de salud en consultorio se encargará de ingresar al paciente al sistema, además dispondrá la prescripción médica para cuatro meses, lo cual permitirá al usuario retirar su medicamento regularmente cada mes, sin necesidad de una consulta médica previa.

¿Quiénes pueden ser empadronados?

Las personas con hipertensión arterial, definida por el médico tratante, cuyo criterio de diagnóstico sea la presión arterial mayor o igual a 140/90mmHg.

Las personas conocidas con diabetes tipo 1 y diabetes tipo 2, con los siguientes criterios de diagnósticos:

• Glucosa en plasma en ayunas (8 horas o más en ayunas), mayor o igual a 126 mg/dl.

• Glucosa en plasma mayor o igual a 200 mg/dl 2 horas post TTGO.

• HbA1c (examen de sangre para la diabetes tipo 2 y prediabetes) mayor o igual a 6.5%.

• Glucosa en plasma al azar mayor o igual a 200 mg/dl en presencia de síntomas clásicos de hiperglucemia (pérdida de peso, poliuria, polidipsia, polifagia).

• DM1 (diabetes Mellitus tipo 1) ingresados en el registro nacional de diabetes tipo 1.

¿Quiénes no pueden ser empadronados?

Es importante tener en cuenta que se debe evitar empadronar a pacientes que requieren evaluaciones periódicas frecuentes y en las siguientes situaciones especiales, según criterio médico:

• Hipertensión arterial y embarazo.

• Hipertensión en niños y adolescentes.

• Hipertensión no controlada, en pacientes descompensados o con comorbilidades severas.

Para el caso de personas con diabetes, no se empadrona en los siguientes casos:

• Diabetes y embarazo.

• Glucemias superiores a 250 mg/dl y síntomas de descompensación (Pérdida de peso, Poliuria, Polidipsia, Polifagia), hipoglucemias frecuentes o antecedentes de hipoglucemias severas.

• Complicaciones crónicas agudizadas (retinopatía, nefropatía, cardiopatía, neuropatía y pie diabético).

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